Competencia y funciones de los tribunales de instancia

02/01/2026

Consultoría Avanzada Grupo Oclem

Transformación del sistema judicial español: retos y ajustes de los nuevos tribunales de instancia

La promulgación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, marca un hito en el proceso de modernización del sistema judicial en España. Esta normativa introduce una profunda reforma estructural con la creación de los denominados tribunales de instancia, cuya implantación definitiva está prevista para el 1 de enero de 2026. La reorganización sustituirá los tradicionales juzgados unipersonales por estructuras colegiadas, clasificadas en secciones según la materia, y transformará los Juzgados de Paz en nuevas Oficinas de Justicia en los municipios.

Imagen relacionada con gestión de licitaciones

Este ambicioso proyecto, impulsado por el actual ministro de Justicia, Félix Bolaños, y legado por sus antecesores Juan Carlos Campo y Pilar Llop, se enfrenta a múltiples desafíos operativos y jurídicos. La tercera fase de su implementación, que afecta a la mayoría de los juzgados, ha generado preocupación por el posible colapso funcional del sistema, lo que ha llevado al Ministerio de Justicia a acordar con distintas Comunidades Autónomas una aplicación más flexible y progresiva en partidos judiciales como Oviedo y Gijón.

Adaptación normativa y desafíos pendientes

Desde la entrada en vigor de la ley, se han aprobado diversas medidas administrativas como las relaciones de puestos de trabajo para los funcionarios que operarán bajo esta nueva organización. Asimismo, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha emitido instrucciones relativas al funcionamiento y coordinación de los nuevos tribunales de instancia. Sin embargo, persisten importantes vacíos legislativos que dificultan su aplicación efectiva.

Un claro ejemplo es la falta de actualización del Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, sobre aspectos accesorios de las actuaciones judiciales. Este reglamento no ha sido adaptado a la nueva estructura, lo que genera inseguridad jurídica en cuestiones tan delicadas como el régimen de guardias en grandes ciudades como Madrid o Barcelona, especialmente en lo referente a personas detenidas. Esta situación requiere una intervención urgente para garantizar la protección de los derechos fundamentales.

Implicaciones para la organización del trabajo judicial

No se ha definido aún cómo se realizará la distribución del trabajo entre las distintas unidades judiciales, ni cómo se implementará una gestión eficiente en la dación de cuenta o la coordinación entre jueces, magistrados y la oficina judicial. Este vacío organizativo puede comprometer la eficiencia y fluidez del nuevo modelo.

Ante este escenario, es esencial contar con el respaldo de expertos en derecho mercantil y societario y en derecho civil, capaces de asesorar sobre la adaptación legal y organizativa que exigen estos cambios estructurales.

Revisión del Reglamento 1/2000 y el rol de las presidencias de sección

En un intento por dotar de mayor claridad al nuevo modelo, el CGPJ ha revisado el Reglamento 1/2000, relativo a los órganos de gobierno del poder judicial. El objetivo es delimitar de forma precisa las funciones y competencias de las nuevas presidencias de los tribunales de instancia, evitando así posibles excesos de poder y garantizando la transparencia en el ejercicio de sus responsabilidades.

Se establece así una estructura jerárquica clara, donde las presidencias de sección deberán coordinar sus funciones con la presidencia general del tribunal y con las unidades judiciales de cada sección. Esta reorganización exige una actualización en la forma en que se relacionan jueces, magistrados y los letrados de la Administración de Justicia, especialmente tras la desaparición de las unidades procesales de apoyo directo.

Funciones de dirección e inspección en el nuevo contexto

El artículo 165.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que jueces y magistrados tienen competencias de dirección e inspección sobre los asuntos asignados por reparto. Estas responsabilidades deben ejercerse sin perjuicio de las funciones propias de la Presidencia del Tribunal de Instancia, lo que implica una necesaria regulación por parte del CGPJ sobre cómo se realizará el reparto de asuntos y la inspección en este nuevo entorno.

Desde Grupo Oclem, ofrecemos una asesoría legal integral para instituciones y profesionales del ámbito judicial que requieran adaptarse a esta nueva organización judicial con claridad normativa y eficacia operativa.

Impacto en la celebración de juicios y vistas

La implementación de los tribunales de instancia también transformará la manera en que se celebran los juicios y vistas, afectando directamente a la documentación de resoluciones, la gestión de agendas judiciales, interrogatorios y declaraciones. Esta reestructuración busca una gestión más racional y eficiente del tiempo y los recursos judiciales, algo crucial en ciudades con alta carga de trabajo judicial.

El éxito de esta transformación requiere no solo de un marco normativo actualizado, sino también del acompañamiento técnico y legal adecuado. En Grupo Oclem, contamos con un equipo multidisciplinar que puede asistir a jueces, magistrados y administraciones públicas en este proceso de transición, asegurando el cumplimiento normativo y la eficiencia organizativa.

Conclusión

La entrada en vigor de los tribunales de instancia no solo representa un cambio estructural en la justicia española, sino que también plantea importantes retos legales, organizativos y operativos. La adaptación de la normativa, la redefinición de competencias y la coordinación entre actores judiciales son elementos clave para que esta reforma cumpla con su objetivo de modernizar y hacer más eficiente el Servicio Público de Justicia.

En este complejo escenario, contar con el respaldo de profesionales con experiencia en derecho penal, propiedad intelectual o derecho fiscal, puede marcar la diferencia. Si necesita asesoramiento especializado sobre cómo adaptarse a esta transformación judicial, no dude en contactar con nosotros.

Alfonso Villagómez Cebrián
Magistrado y Doctor en Derecho

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