El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia confirma condena por agresión sexual con violencia en Vigo
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la sentencia que condena a siete años de prisión a un hombre acusado de agredir sexualmente y robar a otro varón en el interior de unos baños de un parking subterráneo en Vigo, durante la madrugada del 29 de mayo de 2022.
La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa, validando en su totalidad la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Quinta), que consideró probados dos delitos: agresión sexual con penetración, penado con cinco años de privación de libertad, y robo con violencia, castigado con dos años adicionales.
Además de la pena principal, el acusado deberá cumplir cinco años de libertad vigilada una vez finalice su estancia en prisión. También tiene prohibido acercarse o comunicarse con la víctima por cualquier medio durante un periodo de diez años y deberá abonarle una indemnización de 9.000 euros en concepto de daños.
Detalles del suceso
Según recoge la sentencia, los hechos ocurrieron cuando la víctima, que disfrutaba de una noche de ocio en Vigo, se cruzó con el agresor en la calle Rosalía de Castro. El individuo le propuso consumir cocaína, y ambos accedieron a los aseos del aparcamiento. Una vez dentro, el acusado cerró la puerta con llave y dio inicio a una agresión sexual violenta y repentina.
Sin consentimiento y pese a la negativa de la víctima, el agresor obligó al otro hombre a practicarle sexo oral. Posteriormente, lo empujó contra una pared, le bajó los pantalones y lo violó analmente, sin llegar a eyacular. Al intentar huir, la víctima cayó al suelo. El agresor aprovechó el momento para robarle su teléfono móvil antes de escapar. Fue arrestado poco después y durante el registro, los agentes encontraron el terminal sustraído en su poder.
Pruebas clave para esclarecer los hechos
Las imágenes captadas por las cámaras de seguridad del parking fueron fundamentales para confirmar lo ocurrido. En los vídeos se observa a la víctima visiblemente afectada tras abandonar el baño, mientras el agresor manipula un teléfono móvil al marcharse del lugar. Esta evidencia visual fue respaldada por el testimonio del denunciante, informes médicos y declaraciones de varios testigos.
El parte de urgencias del Hospital Álvaro Cunqueiro, donde fue atendida la víctima, reflejó una lesión física compatible con abuso sexual y un estado de «labilidad emocional» coherente con los hechos relatados. Los agentes de policía que intervinieron en la escena también declararon que encontraron al denunciante en estado de shock.
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Impacto psicológico tras la agresión
Un informe psiquiátrico posterior a la agresión confirmó que la víctima padecía un trastorno de ansiedad con episodios de pánico, insomnio, retraimiento social y síntomas disociativos, todos compatibles con una situación de violencia sexual traumática. Esta evaluación fue clave para profundizar en los efectos emocionales del ataque.
La defensa alegó que la introducción de este informe en el juicio vulneraba el derecho a la defensa, pero el TSXG concluyó que el documento era procedente, complementario y no infringía ninguna garantía procesal.
Valoración judicial y rechazo del recurso
El alto tribunal gallego considera que la declaración de la víctima fue “coherente, detallada y libre de contradicciones”. Además, subraya que su testimonio fue avalado por pruebas objetivas y múltiples testigos. En este sentido, el TSXG descarta cualquier error en la valoración de la prueba o vulneración de la presunción de inocencia del acusado.
El tribunal también calificó de poco creíbles las explicaciones del procesado, quien afirmó que el robo del teléfono fue accidental y el acto sexual, consentido. Para los magistrados, los indicios apuntan de forma clara e inequívoca a la culpabilidad del acusado.
Así, el TSXG desestima el recurso de apelación y mantiene íntegramente la condena impuesta por la Audiencia Provincial. Cabe la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, aunque la resolución actual supone un paso firme en la protección de los derechos de las víctimas de violencia sexual.
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